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martes, 31 de julio de 2012

Ley de atención a drogadictos


Ley 1566 del 31 de julio de 2012
"POR LA CUAL SE DICTAN  NORMAS PARA GARANTIZAR LA ATENCIÓN  I INTEGRAL A PERSONAS QUE CONSUMEN SUSTANCIAS PSICOACTIVAS  y  SE CREA EL  PREMIO NACIONAL "ENTIDAD COMPROMETIDA CON  LA  PREVENCIÓN DEL CONSUMO, ABUSO Y ADICCIÓN A SUSTANCIAS"
PSICOACTIVAS".
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTÍCULO  10.   RECONOCIMIENTO.  Reconózcase  que  el  consumo,  abuso  y  adicción  a sustancias  psicoactivas, lícitas o  ilícitas es  un  asunto de salud  pública  y  bienestar de la  familia,  la  comunidad  y los  individuos.  Por  lo  tanto,  el  abuso  y  la  adicción  deberán  ser  tratados  como  una  enfermedad  que  requiere  atención  integral  por parte del  Estado,  conforme  a la  normatividad  vigente y  las  Políticas  Públicas  Nacionales  en  Salud  Mental  y  para  la  Reducción  del  Consumo  de  Sustancias  Psicoactivas  y  su  Impacto,  adoptadas  por  el  Ministerio  de  Salud  y  Protección Social. Ampliación

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